ºÝºÝߣshows by User: natolobito / http://www.slideshare.net/images/logo.gif ºÝºÝߣshows by User: natolobito / Fri, 22 Dec 2023 00:15:04 GMT ºÝºÝߣShare feed for ºÝºÝߣshows by User: natolobito Antecedentes a las usurpaciones de tierra en Guatemala.docx https://es.slideshare.net/slideshow/antecedentes-a-las-usurpaciones-de-tierra-en-guatemaladocx/264835643 antecedentesalasusurpacionesdetierraenguatemala-231222001504-ad35fc3b
En la actualidad, Guatemala tiene grandes desafíos en el fortalecimiento de la propiedad, sobre todo la propiedad privada. Uno de los fenómenos que más afecta su respeto y protección es la usurpación de tierras. Aunque a simple vista parece ser un fenómeno reciente, la realidad es otra: es un problema que lleva profundizándose por siglos. Usualmente la literatura que estudia la cuestión agraria se enfoca en tres cosas: cómo está distribuida la tierra en un período específico, cómo se lleva a cabo la redistribución de tierra en ciertas etapas y las condiciones políticas, económicas y sociales de los pueblos indígenas. Sin embargo, en este resumen me enfoco principalmente en cómo la usurpación ha estado presente como una práctica frecuente en Guatemala desde la época colonial. La primera redistribución de tierras relevante en la historia de Guatemala fue la resultante de la conquista. Martínez Peláez indica que en esta etapa de la colonización se tenían dos principios fundamentales: la teoría del señorío y la tierra como incentivo. El primero estableció que toda la tierra le pertenecía al rey. Solo lo concedido por el monarca podía explotarse; de lo contrario, se cometía el delito de usurpación de tierras realengas. Por tanto, tenía un aspecto positivo —solo el rey otorga— y uno negativo —no hay tierra sin dueño— que dieron forma al régimen económico colonial. En efecto, el segundo principio es una extensión del primero: como incentivo, la Corona ofreció otorgar tierras a quienes emprendieran expediciones de colonización. De esta manera, se estimuló la migración hacia el Nuevo Mundo y la acumulación de tierras. La redistribución de tierras también contempló a los indígenas. Durante la mayor parte de la historia de Guatemala, los españoles, criollos y, posteriormente, mestizos mantuvieron un miedo profundo hacia la idea de una revuelta indígena. Consecuentemente, la legislación agraria colonial priorizaba la otorgación de tierras a los «pueblos de indios» y su protección para evitar una rebelión. De esta manera, permitían que tuvieran una agricultura de subsistencia comunitaria y, complementado con los sistemas de encomienda y repartimiento, garantizaban la disponibilidad de mano de obra para los conquistadores y sus descendientes. Martínez Peláez describió los tres tipos de tierra de indios que emergieron como resultado de este sistema: 1. Ejidos: tierras alrededor del pueblo de uso común, ya sea para recolectar recursos o soltar sus animales. Las medidas oficiales no solían respetarse. 2. Las tierras comunales: concedidas por la Corona para ser administradas por cada pueblo. Sus miembros se repartían estas tierras y tenían un fondo comunitario para pagar composiciones —que se explicarán más adelante— o solicitar más concesiones. 3. Las tierras concedidas a indios particulares: esta minoría contaba con considerable riqueza e influencia, pues formaban parte de la jerarquía de autoridad del gobierno colonial Al terminar el proceso de colonial]]>

En la actualidad, Guatemala tiene grandes desafíos en el fortalecimiento de la propiedad, sobre todo la propiedad privada. Uno de los fenómenos que más afecta su respeto y protección es la usurpación de tierras. Aunque a simple vista parece ser un fenómeno reciente, la realidad es otra: es un problema que lleva profundizándose por siglos. Usualmente la literatura que estudia la cuestión agraria se enfoca en tres cosas: cómo está distribuida la tierra en un período específico, cómo se lleva a cabo la redistribución de tierra en ciertas etapas y las condiciones políticas, económicas y sociales de los pueblos indígenas. Sin embargo, en este resumen me enfoco principalmente en cómo la usurpación ha estado presente como una práctica frecuente en Guatemala desde la época colonial. La primera redistribución de tierras relevante en la historia de Guatemala fue la resultante de la conquista. Martínez Peláez indica que en esta etapa de la colonización se tenían dos principios fundamentales: la teoría del señorío y la tierra como incentivo. El primero estableció que toda la tierra le pertenecía al rey. Solo lo concedido por el monarca podía explotarse; de lo contrario, se cometía el delito de usurpación de tierras realengas. Por tanto, tenía un aspecto positivo —solo el rey otorga— y uno negativo —no hay tierra sin dueño— que dieron forma al régimen económico colonial. En efecto, el segundo principio es una extensión del primero: como incentivo, la Corona ofreció otorgar tierras a quienes emprendieran expediciones de colonización. De esta manera, se estimuló la migración hacia el Nuevo Mundo y la acumulación de tierras. La redistribución de tierras también contempló a los indígenas. Durante la mayor parte de la historia de Guatemala, los españoles, criollos y, posteriormente, mestizos mantuvieron un miedo profundo hacia la idea de una revuelta indígena. Consecuentemente, la legislación agraria colonial priorizaba la otorgación de tierras a los «pueblos de indios» y su protección para evitar una rebelión. De esta manera, permitían que tuvieran una agricultura de subsistencia comunitaria y, complementado con los sistemas de encomienda y repartimiento, garantizaban la disponibilidad de mano de obra para los conquistadores y sus descendientes. Martínez Peláez describió los tres tipos de tierra de indios que emergieron como resultado de este sistema: 1. Ejidos: tierras alrededor del pueblo de uso común, ya sea para recolectar recursos o soltar sus animales. Las medidas oficiales no solían respetarse. 2. Las tierras comunales: concedidas por la Corona para ser administradas por cada pueblo. Sus miembros se repartían estas tierras y tenían un fondo comunitario para pagar composiciones —que se explicarán más adelante— o solicitar más concesiones. 3. Las tierras concedidas a indios particulares: esta minoría contaba con considerable riqueza e influencia, pues formaban parte de la jerarquía de autoridad del gobierno colonial Al terminar el proceso de colonial]]>
Fri, 22 Dec 2023 00:15:04 GMT https://es.slideshare.net/slideshow/antecedentes-a-las-usurpaciones-de-tierra-en-guatemaladocx/264835643 natolobito@slideshare.net(natolobito) Antecedentes a las usurpaciones de tierra en Guatemala.docx natolobito En la actualidad, Guatemala tiene grandes desafíos en el fortalecimiento de la propiedad, sobre todo la propiedad privada. Uno de los fenómenos que más afecta su respeto y protección es la usurpación de tierras. Aunque a simple vista parece ser un fenómeno reciente, la realidad es otra: es un problema que lleva profundizándose por siglos. Usualmente la literatura que estudia la cuestión agraria se enfoca en tres cosas: cómo está distribuida la tierra en un período específico, cómo se lleva a cabo la redistribución de tierra en ciertas etapas y las condiciones políticas, económicas y sociales de los pueblos indígenas. Sin embargo, en este resumen me enfoco principalmente en cómo la usurpación ha estado presente como una práctica frecuente en Guatemala desde la época colonial. La primera redistribución de tierras relevante en la historia de Guatemala fue la resultante de la conquista. Martínez Peláez indica que en esta etapa de la colonización se tenían dos principios fundamentales: la teoría del señorío y la tierra como incentivo. El primero estableció que toda la tierra le pertenecía al rey. Solo lo concedido por el monarca podía explotarse; de lo contrario, se cometía el delito de usurpación de tierras realengas. Por tanto, tenía un aspecto positivo —solo el rey otorga— y uno negativo —no hay tierra sin dueño— que dieron forma al régimen económico colonial. En efecto, el segundo principio es una extensión del primero: como incentivo, la Corona ofreció otorgar tierras a quienes emprendieran expediciones de colonización. De esta manera, se estimuló la migración hacia el Nuevo Mundo y la acumulación de tierras. La redistribución de tierras también contempló a los indígenas. Durante la mayor parte de la historia de Guatemala, los españoles, criollos y, posteriormente, mestizos mantuvieron un miedo profundo hacia la idea de una revuelta indígena. Consecuentemente, la legislación agraria colonial priorizaba la otorgación de tierras a los «pueblos de indios» y su protección para evitar una rebelión. De esta manera, permitían que tuvieran una agricultura de subsistencia comunitaria y, complementado con los sistemas de encomienda y repartimiento, garantizaban la disponibilidad de mano de obra para los conquistadores y sus descendientes. Martínez Peláez describió los tres tipos de tierra de indios que emergieron como resultado de este sistema: 1. Ejidos: tierras alrededor del pueblo de uso común, ya sea para recolectar recursos o soltar sus animales. Las medidas oficiales no solían respetarse. 2. Las tierras comunales: concedidas por la Corona para ser administradas por cada pueblo. Sus miembros se repartían estas tierras y tenían un fondo comunitario para pagar composiciones —que se explicarán más adelante— o solicitar más concesiones. 3. Las tierras concedidas a indios particulares: esta minoría contaba con considerable riqueza e influencia, pues formaban parte de la jerarquía de autoridad del gobierno colonial Al terminar el proceso de colonial <img style="border:1px solid #C3E6D8;float:right;" alt="" src="https://cdn.slidesharecdn.com/ss_thumbnails/antecedentesalasusurpacionesdetierraenguatemala-231222001504-ad35fc3b-thumbnail.jpg?width=120&amp;height=120&amp;fit=bounds" /><br> En la actualidad, Guatemala tiene grandes desafíos en el fortalecimiento de la propiedad, sobre todo la propiedad privada. Uno de los fenómenos que más afecta su respeto y protección es la usurpación de tierras. Aunque a simple vista parece ser un fenómeno reciente, la realidad es otra: es un problema que lleva profundizándose por siglos. Usualmente la literatura que estudia la cuestión agraria se enfoca en tres cosas: cómo está distribuida la tierra en un período específico, cómo se lleva a cabo la redistribución de tierra en ciertas etapas y las condiciones políticas, económicas y sociales de los pueblos indígenas. Sin embargo, en este resumen me enfoco principalmente en cómo la usurpación ha estado presente como una práctica frecuente en Guatemala desde la época colonial. La primera redistribución de tierras relevante en la historia de Guatemala fue la resultante de la conquista. Martínez Peláez indica que en esta etapa de la colonización se tenían dos principios fundamentales: la teoría del señorío y la tierra como incentivo. El primero estableció que toda la tierra le pertenecía al rey. Solo lo concedido por el monarca podía explotarse; de lo contrario, se cometía el delito de usurpación de tierras realengas. Por tanto, tenía un aspecto positivo —solo el rey otorga— y uno negativo —no hay tierra sin dueño— que dieron forma al régimen económico colonial. En efecto, el segundo principio es una extensión del primero: como incentivo, la Corona ofreció otorgar tierras a quienes emprendieran expediciones de colonización. De esta manera, se estimuló la migración hacia el Nuevo Mundo y la acumulación de tierras. La redistribución de tierras también contempló a los indígenas. Durante la mayor parte de la historia de Guatemala, los españoles, criollos y, posteriormente, mestizos mantuvieron un miedo profundo hacia la idea de una revuelta indígena. Consecuentemente, la legislación agraria colonial priorizaba la otorgación de tierras a los «pueblos de indios» y su protección para evitar una rebelión. De esta manera, permitían que tuvieran una agricultura de subsistencia comunitaria y, complementado con los sistemas de encomienda y repartimiento, garantizaban la disponibilidad de mano de obra para los conquistadores y sus descendientes. Martínez Peláez describió los tres tipos de tierra de indios que emergieron como resultado de este sistema: 1. Ejidos: tierras alrededor del pueblo de uso común, ya sea para recolectar recursos o soltar sus animales. Las medidas oficiales no solían respetarse. 2. Las tierras comunales: concedidas por la Corona para ser administradas por cada pueblo. Sus miembros se repartían estas tierras y tenían un fondo comunitario para pagar composiciones —que se explicarán más adelante— o solicitar más concesiones. 3. Las tierras concedidas a indios particulares: esta minoría contaba con considerable riqueza e influencia, pues formaban parte de la jerarquía de autoridad del gobierno colonial Al terminar el proceso de colonial
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https://cdn.slidesharecdn.com/profile-photo-natolobito-48x48.jpg?cb=1703204045 Mi lado positivo: Modestia, inteligencia y timidez. Me gusta ser meticuloso, práctico y trabajador. Capacidad analítica y fiable. Vida sana, hacer listas, orden e higiene. Mi lado negativo, me conviene no discutirlo. https://cdn.slidesharecdn.com/ss_thumbnails/antecedentesalasusurpacionesdetierraenguatemala-231222001504-ad35fc3b-thumbnail.jpg?width=320&height=320&fit=bounds slideshow/antecedentes-a-las-usurpaciones-de-tierra-en-guatemaladocx/264835643 Antecedentes a las usu... https://cdn.slidesharecdn.com/ss_thumbnails/1-221026004328-899dcb0e-thumbnail.jpg?width=320&height=320&fit=bounds slideshow/14plan-de-clases-17-al-21-octubredocx/253803270 1.4PLAN DE CLASES 17 a... https://cdn.slidesharecdn.com/ss_thumbnails/1-221026004226-4d75fbc9-thumbnail.jpg?width=320&height=320&fit=bounds slideshow/13plan-de-clases-10-al-14-octubredocx/253803262 1.3PLAN DE CLASES 10 a...