a. Suplir las faltas temporales del Rector.
b. Coordinar, bajo la dirección del Rector, las actividades académicas y la prestación de los servicios al estudiante.
c. Presidir los Consejos Académico y de Estudios de Postgrado, y velar por el cumplimiento de sus resoluciones.
d. Velar por la correcta ejecución del presupuesto asignado al Vicerrectorado Académico.
e. Las demás conferidas por este Estatuto Orgánico y los reglamentos, o asignadas por los órganos de gobierno, por el Presidente del Consejo Superior o por el Rector.