EXODO
22:6 Cuando un hombre diere a su prójimo dinero u objetos a guardar y fueren hurtados de la casa del tal hombre, si se hallare al ladrón pagará el doble.
22:7 Si el ladrón no fuere hallado, el dueño de la casa será presentado ante los jueces para jurar que no ha metido su mano en la propiedad de su compañero.
(Lectura de la Torá de MishpatÃm)
We’ve updated our privacy policy so that we are compliant with changing global privacy regulations and to provide you with insight into the limited ways in which we use your data.
You can read the details below. By accepting, you agree to the updated privacy policy.